viernes, 27 de enero de 2012

DEDUCCIONES EN NÓMINA EJERCICIO 2012

El Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, ha establecido la congelación de las retribuciones de los empleados públicos en las mismas cuantías que 2011; sin embargo esta congelación es tal sólo por lo que respecta al bruto, ya que se han introducido modificaciones en los descuentos que repercuten en el líquido que percibimos en nuestra cuenta.

CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL

Ha aumentado la base máxima de cotización al Régimen General de la Seguridad Social hasta 3.262,40 € / mes, por lo que quienes coticen con arreglo a esta base verán incrementada la deducción por los conceptos que componen la cuota obrera. Este aumento se reflejará ya en la nómina del mes de enero.

DEDUCCIÓN POR I.R.P.F.

El gravamen complementario a las cuotas del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas, dispuesto (en principio) para los ejercicios 2012 y 2013, se traduce directamente en un incremento en las retenciones en nómina por este concepto. Los nuevos tipos de retención empezarán a aplicarse en la nómina del mes de febrero, por lo que en la nómina de enero no tendríamos que experimentar cambio alguno en el tipo de retención por IRPF, salvo los provocados por cambios retributivos o de las circunstancias personal y familiares.

La Agencia Tributaria ha publicado la nueva escala de gravamen pero no es posible a priori establecer, en atención a cuerpos, escalas, categorías, nivel de complemento de destino etc., el nuevo tipo de retención que corresponderá aplicar individualmente en nómina. Toca pues esperar a que se haga el recálculo para la nómina de febrero, de acuerdo con los íntegros anuales de cada uno y las situaciones familiares y personales. A día de hoy, cualquier dato que se ofrezca en este sentido no pasará de ser una simple estimación (entre 0,75 y 4 % de incremento en el tipo actual).
DEDUCIONES NÓMINAS 2012